La liquidación laboral hace referencia a la terminación definitiva al vínculo generado entre una organización y el empleado, es el pago de algunos derechos con los que cuenta el trabajador por el tiempo de servicio a la organización.
Ten presente que estos pagos no los puede eludir el empleador.
Contenido
✅ ¿Qué es esta liquidación?
Como te mencionamos anteriormente es la terminación de un contrato de trabajo mediante el cual el empleador líquida de forma definitiva los saldos pendientes tanto de nómina como de prestación de servicios sociales al empleado.
✅ ¿Cómo calcular la liquidación laboral?
Ten presente que para poder calcular la liquidación laboral es importante conocer el tipo de contrato, adicionalmente hay que considerar el motivo de despido si es con justa causa o por el contrario si es sin justa causa y finalmente considerar si el tipo de contrato fue normal o integral.
Cálculo de la liquidación laboral de un contrato normal
Para este tipo de contrato en la liquidación se consideran las cesantías, los intereses, los días de vacaciones causadas o los no tomados y la prima.
Las fórmulas para realizar los respectivos cálculos son:
- Cesantías: Salario mensual * días trabajados / 360
- Intereses de cesantías: Cesantías * días trabajados * 0,12 / 360
- Prima: Salario mensual * días trabajados / 360
- Vacaciones: Salario mensual básico * días trabajados / 720
Cálculo de la liquidación laboral de un contrato integral
En este caso sólo se incluye en la liquidación final los días de vacaciones causados hasta la fecha, puesto que en el ingreso mensual se incluyó en la carga prestacional.
✅ Herramientas virtuales para el cálculo
Sí bien puedes hacer el trámite y la consulta empleando las fórmulas anteriores también existen herramientas digitales que te pueden ayudar en este procedimiento y que solo necesitas diligenciar algunos datos, a continuación te mostramos cuáles son estas herramientas.
Calculadora del Ministerio de Trabajo
Esta es una herramienta en línea que es fácil de usar y se puede utilizar para comprobar y conocer los derechos y deberes respectivos en materia salarial, generar estimados de la liquidación de prestaciones sociales y finalmente simular las provisiones mensuales.
Sin embargo, no aplica para ciertas poblaciones a continuación te mostramos en qué casos no sirve esta calculadora:
- Servidores públicos.
- Trabajadores que estén vinculados con prestación de servicios de carácter civil.
- Trabajadores que no estén cobijados por la ley 50 de 1990.
- Y trabajadores que reciben un salario integral.
Finalmente te dejamos en este link la calculadora del Ministerio de trabajo en la cual puedes realizar tu consulta.
Calculadora de calculadoralaboral.com
Esta herramienta en línea que permite realizar la consulta utilizando la fecha de ingreso y retiro o la relación laboral utilizando un calendario, los resultados los arrojará en un PDF.
En este link podrás encontrar la calculadora.
Calculadora de Liquiya
Esta es una plataforma que permite calcular las prestaciones sociales al igual que la indemnización en el caso que el despido sea sin justa causa y cuando termines de realizar la consulta los resultados se enviarán en formato pdf a tu correo.
En este link podrás encontrar la calculadora.
✅ Liquidación laboral cuando el despido es sin justa causa
Al momento de realizar el cálculo de la liquidación laboral si el despido ha sido sin justa causa significa que el trabajador obtendrá un dinero extra por una indemnización, la cual dará lugar a unos cambios en el cálculo de la liquidación.
De acuerdo al Código Sustantivo del Trabajo se establece que hay motivos o sin justa causa en despido sí:
- La Norma que regula a los trabajadores y empleados la cual expone cuales son las causales de un despido de justa causa la cual está contemplada en el Código Sustantivo del Trabajo.
- También si el reglamento interno de trabajo lo indica.
✅ Calcular indemnización por despido
Como se mencionó anteriormente si el despido es sin justa causa el monto a pagar por el empleador va ser mayor y contempla lo siguiente:
Aquellos trabajadores que devenguen un salario inferior a 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes
- 30 días de salario si el empleado ha laborado un tiempo que no sea superior a un año.
- Si el empleado por su parte ha trabajado más de un año aparte de los 30 días ya mencionados se debe pagar otros 20 adicionales.
Aquellos trabajadores que devenguen un salario superior a 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes
- 20 días de salario si el empleado ha laborado un tiempo que no sea superior a un año.
- Si el empleado por su parte ha trabajado más de un año aparte de los 20 días ya mencionados se debe pagar otros 15.
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